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03.10.2024

Comenzó el etiquetado de eficiencia energética de vehículos livianos a combustión

El 28 de setiembre comenzó la obligatoriedad de certificar la eficiencia energética de los vehículos livianos a combustión. Se puede conocer el rendimiento de los vehículos en ciudad y carretera así como las emisiones de CO2.

El etiquetado de eficiencia energética es una valiosa herramienta informativa para la población, que además de lograr que los equipos y vehículos que ingresan al país sean más eficientes también modifica hábitos.

En marzo de 2023 se aprobó la resolución MIEM S/N del 17/3/2023 que establece la incorporación de los vehículos automotores livianos categorías M1 y N1 al Sistema Nacional de Etiquetado de Eficiencia Energética con las siguientes fechas de inicio de la obligatoriedad:

 

Etapa de la reglamentación

Inicio de período obligatorio

FASE 1: Vehículos con motor de combustión interna

28/09/2024

FASE 2: Vehículos eléctricos híbridos con y sin recarga exterior

28/03/2025

FASE 3: Vehículos eléctricos puros 

28/09/2025

 

Además la resolución de Ursea N°594/024 establece requisitos sobre el registro del etiquetado de Ursea. Además, los vehículos a combustión que se encontraban nacionalizados previo al 28/9/2024 y no cuentan con el etiquetado reglamentario tienen plazo hasta el 28/3/2025 para su comercialización minorista.

La etiqueta deberá estar incorporada al vehículo en los puntos de exhibición, además se encontrará la información en en el material publicitario, incluyendo sitios web.

La etiqueta, definida en la norma UNIT 1130:2020, contiene entre otras características información sobre el rendimiento estandarizado en km/l o km/kWh en ciudad, carretera y ciclo mixto. A medida que se comercialicen nuevos vehículos livianos se va a encontrar esta información en los puntos de ventas.

Se pueden consultar los vehículos ya registrados en Ursea aquí.